Comisiones de Trabajo y Hacienda de la Cámara aprueba extensión del Permiso Posnatal Parental y proyecto pasa a la sala

  • En tanto, la Comisión de la Trabajo de la Corporación también aprobó el Convenio 190 de la OIT, sobre violencia y acoso en el ámbito laboral.

Valparaíso, 25 de octubre de 2022.- Las comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobaron este martes, ambas por unanimidad, el proyecto de ley que busca extender el Permiso Posnatal Parental, pasando así a la Sala de la Corporación. Cabe destacar que, de ser aprobado sin modificaciones en esa instancia, quedará en condiciones de ser promulgado.

La extensión del beneficio tendrá un plazo de 60 días, desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre, y, por lo tanto, cuenta con carácter retroactivo.

Además de agradecer a los diputados de ambas comisiones, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, manifestó en un punto de prensa en el Congreso que “esperamos que el proyecto sea revisado mañana (miércoles) en la Sala, para que efectivamente puedan hacer uso de esta extensión cerca de 27 mil madres o padres, aunque la realidad nos indica que son absolutamente las madres quienes se hacen cargo del cuidado de los hijos en nuestra sociedad, tema que tenemos que resolver dado que la tarea de corresponsabilidad en la crianza nos asiste a los padres y a las madres”.

La secretaria de Estado agregó que “esta es una extensión nueva que el Presidente ha dispuesto en esta fase de apertura sanitaria, en la cual esperamos también poder ir retomando la empleabilidad de las mujeres”.

El proyecto

El proyecto de ley del Ejecutivo otorga, en primer lugar, el derecho de las y los trabajadores de decidir extender el Permiso Posnatal Parental cuando se encuentren haciendo uso de este beneficio, y cuyo término ocurra entre el 1 de octubre y el 29 de noviembre de 2022, haciéndose efectivo al día siguiente del término del Permiso Posnatal Parental. De esta forma, la prórroga será, a todo evento, hasta el 30 de noviembre de 2022.

Así, se otorga a las y los trabajadores la posibilidad de decidir entre la utilización de este mecanismo o la reincorporación a sus funciones.

Al mismo tiempo, la iniciativa propone prorrogar el fuero maternal establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo, sumándose, al término de este, el período efectivo de extensión del permiso al que se acceda en caso de aprobarse el proyecto ley.

Además, se otorgan facultades a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) para dictar una o más normas de carácter general que regulen la extensión y otras materias de la ley, como también fiscalizar su correcto uso, pudiendo aplicar las sanciones que correspondan.

Pese a que las normas contempladas en el proyecto entrarán en vigor desde el día de su publicación en el Diario Oficial, la iniciativa beneficiará a todos aquellos trabajadores y trabajadoras que hayan regresado a sus funciones laborales entre el 1 de octubre de 2022 y la fecha de publicación de la ley, por no haber tenido aún derecho a la extensión del Permiso Posnatal Parental establecido en el proyecto de ley.

Asimismo, se aplicará a quienes fueron beneficiados por la ley que extendió por 60 días continuos el Permiso Posnatal Parental para aquellos trabajadores cuyo permiso haya terminado entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2022 y que, adicionalmente, no hubieren completado el total de 60 días continuos establecidos en dicha normativa.

Convenio 190

También esta jornada, la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, el proyecto de acuerdo que busca ratificar el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que dice relación con la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. De este modo, la iniciativa pasa a la Sala de la Corporación y, posteriormente, a segundo trámite constitucional en el Senado.

El Convenio 190 de la OIT es la primera normativa internacional que aborda las problemáticas en el mundo del trabajo, mediante un instrumento específico referido a las normas que regulan las relaciones laborales y ha sido ratificado por otros 19 países. Según lo indicado por la Organización Internacional del Trabajo, se deberá aplicar a todos los sectores de la economía, público o privado, formal e informal, en zonas urbanas o rurales, y cualquiera sea la situación contractual de las y los trabajadores.

Del mismo modo, el convenio agrupa la igualdad y la no discriminación, con la seguridad y salud en el trabajo en un solo instrumento y sitúa la dignidad humana y el respeto en su centro. En ese sentido, reconoce que la violencia y el acoso pueden constituir una violación o abuso de los derechos humanos y prevé, por primera vez, un único concepto compuesto de violencia y acoso.

También exige que los Estados miembros adopten un enfoque inclusivo, integrado, y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Así, de ratificarse, el Estado de Chile se comprometerá a realizar un seguimiento y controlar la aplicación de la legislación; garantizar acceso a vías de recurso y reparación, así como a mecanismos y procedimientos de notificación y solución de conflictos; proteger la privacidad y confidencialidad de las personas implicadas; prever sanciones; prever que las víctimas tengan acceso efectivo a mecanismos de reclamación, asistencia, reparación y de solución de conflictos, con enfoque de género; reconocer los efectos de la violencia doméstica y, en la medida de lo posible, mitigar su impacto en el mundo del trabajo; y velar por que la Inspección del Trabajo y otras autoridades pertinentes estén facultadas para actuar en caso de violencia y acoso en el mundo del trabajo.