Lunes, 5 de mayo de 2025.- El Instituto de Previsión Social (IPS) inició hoy el pago del Bono Invierno 2025, que llegará a más de un millón 800 mil pensionados. Así lo informó esta mañana el ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, en una actividad realizada en un local de pago de Caja Los Héroes y en la que estuvo acompañado de los subsecretarios del Trabajo, Pablo Chacón, y de Previsión Social, Claudio Reyes, y del director del IPS, Juan José Cárcamo.
La prestación, que asciende este año a $81.257, será pagada este mes de mayo, en la fecha habitual y de forma automática, junto a la pensión mensual de los beneficiarios, quienes no deben efectuar trámites adicionales ni postulaciones.
Los beneficiarios son los pensionados que acrediten tener 65 años o más al 1 de mayo de 2025 y cuya pensión sea inferior o igual a $222.475, siempre que cumpla con los demás requisitos.
El Bono de Invierno es un beneficio que entrega el Estado a adultos mayores, de modo que dispongan de recursos adicionales que les permitan cubrir de mejor manera parte de los gastos que conlleva esta época invernal.
El Estado destinará más de 146 mil millones de pesos en total para garantizar el Bono de Invierno a las y los pensionados más vulnerables del país.
Cabe destacar que, en el caso de las personas que reciban la Pensión Garantizada Universal (PGU) como complemento a su pensión contributiva (la que se genera producto de las cotizaciones que tuvo la persona en su vida laboral), para establecer ese límite de $222.475 solo se considera el monto de dicha pensión contributiva sin sumar la PGU.
¿Quiénes tienen derecho al Bono de Invierno?
Tendrán derecho al beneficio las personas pensionadas que tengan 65 años cumplidos al 1° de mayo de 2025 y cuyo monto de pensión sea inferior o igual a $222.475, que estén en los siguientes grupos:
- Pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS); del Instituto de Seguridad Laboral (ISL); de Dipreca, de Capredena y de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
- Pensionadas del sistema de AFP siempre que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una PGU o un Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones -sin considerar esa PGU o ese Aporte- sean de un monto inferior o igual a $222.475. También se beneficiarán las personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Personas con leyes especiales (Rettig, Valech, exonerados políticos), siempre que cumplan los demás requisitos legales.
Para más información se puede consultar en www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl, o llamar al Call Center 600 440 0040, o contactarnos a través de las redes sociales @ChileAtiende en X, Facebook e Instagram.