Ministro (s) Baranda detecta serias irregularidades laborales con extranjeros en Antofagasta

El ministro (s) del Trabajo, Bruno Baranda, junto al seremi del Trabajo de Antofagasta, Pablo García,  lideraron una intensa fiscalización realizada por la Dirección del Trabajo y la Policía de Investigaciones (PDI) que tuvo por objetivo  detectar  las eventuales faltas a las normas laborales y de extranjería que ocurren los empleadores del Mercado Central de la ciudad del norte del país.

“En Chile se puede trabajar siendo ciudadano extranjero, siempre y cuando se cumpla con todo los requisitos de la Ley de Extranjería y la legislación laboral”, señaló la autoridad, que tras recorrer el recinto constató que de los 54 trabajadores foráneos fiscalizados, 19 de ellos estaban en situación irregular y 11 no contaban con contrato de trabajo.

El Seremi García, en tanto, explicó que “esta es la tercera fiscalización que realizamos en este mercado y muchos de los locales fiscalizados anteriormente mejoraron sustancialmente su situación, y eso es importante reconocerlo. Otros mantienen la informalidad y precariedad laboral con respecto de sus trabajadores. Esperamos que en una próxima oportunidad corrijan y así entregar una mayor seguridad a todos sus trabajadores, muchos de ellos extranjeros”.

Según cifras de la Dirección del Trabajo (se adjunta cuadro), durante el 2012 se realizaron 589 fiscalizaciones sobre esta materia a lo largo del país, de las cuales 146 resultaron con multas. Las regiones Metropolitana, de Tarapacá y Antofagasta fueron las con mayores infracciones.

La autoridad recordó que en Chile los trabajadores extranjeros autorizados gozan de los mismos derechos laborales que los chilenos, y que la Dirección del Trabajo hace respetar íntegramente el Código del Trabajo, tanto en sus normas laborales, previsionales y de higiene y seguridad, y leyes complementarias.

Consultado sobre si la escasez de mano de obra puede provocar informalidad laboral, el ministro subrogante fue enfático al sostener que “ese no es un argumento real para que los empleadores tengan a trabajadores de manera irregular. En esta misma región tenemos aún una cesantía mayor al 5% (más de 12 mil personas), tenemos un grupo numeroso de  mujeres y jóvenes que tenemos que incorporar al mundo del trabajo, por lo tanto, no es justificación alguna para que esa demanda supuesta provoque irregularidad”.

El ministro subrogante explicó que las empresas con más de 25 trabajadores no pueden exceder el 15% de su dotación con extranjeros y que superar ese porcentaje es considerada una infracción grave. Las multas, agregó, pueden ser de 9 ($360.000 aprox.), 30 ($1.200.000 aprox.) y 40 UTM ($1.600.000 aprox.), dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49 trabajadores, 50 a 199 o 200 y más.

En tanto, añadió, que no escriturar el contrato de trabajo también es fuertemente sancionado con multas de 5 ($200.000 aprox.), 10 ($400.000 aprox.) y 15 UTM ($600.000 aprox.), por trabajador, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49 trabajadores, 50 a 199 o 200 y más.

Los requisitos que deben cumplir los extranjeros en Chile son: que el empleador que contrate tenga domicilio legal en Chile; el contrato de trabajo deben firmarlo en Chile y ante notario el empleador y el trabajador, o quien lo represente; los profesionales y técnicos autorizados deben legalizar su título en el Consulado de Chile en el país de origen y después en el Ministerio de Relaciones Exteriores chileno; las actividades desarrolladas por el trabajador no deben ser peligrosas o atentatorias para la seguridad nacional; y la contratación debe contemplar todas las disposiciones laborales y previsionales, más las exigidas por Extranjería y Migración para obtener la visa sujeta a contrato de trabajo.

Baranda llamó a las personas interesadas en trabajador en Chile a informarse a través de los sitios web del Departamento de Extranjería (

http://www.extranjeria.gov.cl/) y de la Dirección del Trabajo (www.dt.gob.cl).

ESTADÍSTICAS DE REGISTROS ADMINISTRADTIVOS DIRECCIÓN DEL TRABAJO

1. DENUNCIAS

Cantidad  de denuncias interpuestas por el trabajador afectado (1), según nacionalidad del denunciante y región.  Periodo: Año 2012

Región Denuncias de trabajadores Total

Extranjeros Chilenos Sin información

Arica y Parinacota 8 550 70 628

Tarapacá 102 1.255 102 1.459

Antofagasta 114 2.106 294 2.514

Atacama 17 818 136 971

Coquimbo 8 1.217 160 1.385

Valparaíso 19 4.579 449 5.047

Metropolitana 426 24.690 2.115 27.231

O’Higgins 9 2.026 130 2.165

Maule 4 2.028 173 2.205

Bío Bío 7 3.549 304 3.860

Araucanía 5 1.830 127 1.962

Los Ríos 0 475 153 628

Los Lagos 7 2.107 260 2.374

Aysén 0 215 40 255

Magallanes 1 265 89 355

Total 727 47.710 4.602 53.039

Fuente: Registros administrativos de la Dirección del Trabajo

Elaboración: Unidad de Análisis Estadístico, Departamento de Estudios,  Dirección del Trabajo

Nota (1) Se refiere a solicitudes de fiscalización realizadas directamente por el trabajador.

2. FISCALIZACIONES

Cantidad de fiscalizaciones realizadas por la Dirección del Trabajo provenientes de denuncias de trabajadores extranjeros, según región y resultado de multa. Periodo: Año 2012

Región Resultado de multa

Con multa Sin multa Total

Arica y Parinacota 1 7 8

Tarapacá 23 77 100

Antofagasta 21 55 76

Atacama 3 8 11

Coquimbo 3 5 8

Valparaíso 6 12 18

Metropolitana 81 260 341

O’Higgins 2 5 7

Maule 0 4 4

Bío Bío 1 4 5

Araucanía 3 2 5

Los Ríos 0 0 0

Los Lagos 1 4 5

Aysén 0 0 0

Magallanes 1 0 1

Total 146 443 589

Fuente: Registros administrativos de la Dirección del Trabajo

Elaboración: Unidad de Análisis Estadístico, Departamento de Estudios,  Dirección del Trabajo