Ministro (s) del Trabajo: “500 mil jóvenes no han usado subsidio que aumenta sus salarios en más de $26.000 mensuales”

  • Fernando Arab llamó a  los jóvenes entre 18 y 24 años a informarse en el sitio web,      subsidioempleojoven.cl, con el objetivo de conocer cuáles son los requisitos para mejorar sus sueldos y contar con más dinero a final del mes.

El ministro (s) del Trabajo y Previsión Social, Fernando Arab, realizó un llamado a los jóvenes a informarse sobre el Subsidio al Empleo Joven, beneficio otorgado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), que tiene por objetivo mejorar los sueldos de aquellos trabajadores que tengan entre 18 y 24 años, y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.

Como Ministerio del Trabajo siempre hemos estado preocupados por la situación laboral de los jóvenes y en razón de ello es que hoy estamos difundiendo este subsidio. Estamos hablando que en ciertos casos pueden recibir mejoras de 26 mil pesos mensuales, es decir, $312.000 al año. ¿Cómo hacerlo? Postulando al sitio web de Sence, www.sence.cl, o al sitio web especialmente creado al efecto, www.subsidioempleojoven.cl”, señaló Fernando Arab.

Es importante dar a conocer este beneficio, y por eso estamos haciendo este volanteo el día de hoy. De los cerca de 715 mil jóvenes que pueden acceder a este beneficio, el año 2013 sólo 255 mil jóvenes hicieron uso de este dinero. Es decir, tenemos cerca de 500 mil jóvenes que no participaron y perdieron un aumento en sus remuneraciones. Si bien se ha aumentado el número de participación, de 160 mil jóvenes que hicieron uso de este beneficio el 2010 a 255 mil el 2013, aún queda tarea pendiente, aún queda camino por recorrer”, agregó la autoridad.

Beneficiarios(as) y requisitos del subsidio

Los trabajadores dependientes que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Ser trabajadores(as) regidos por el Código del Trabajo.
  2. Tener entre 18 y 24 años de edad.
  3. Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país, que equivale a tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (Ministerio de Desarrollo Social).
  4. Percibir rentas brutas anuales inferiores a $4.810.042.-

Los trabajadores independientes que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Ser trabajadores(as) regidos por el Código del Trabajo.
  2. Tener entre 18 y 24 años de edad.
  3. Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país, que equivale a tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (Ministerio de Desarrollo Social).
  4. Acreditar rentas brutas anuales por un monto inferior a $4.810.042.-
  5. Acreditar rentas de las señaladas en el N°2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  6. Encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud.

No serán beneficiarios los trabajadores, dependientes o independientes, de las instituciones que se indican a continuación: Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, Contraloría General de la República, Banco Central, Fuerzas Armadas, Fuerza de Orden y Seguridad Pública, Municipalidades, la Empresas Públicas creadas por ley y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, o de las entidades en que el Estado o sus instituciones tengan aportes o representación igual o superior al 50%.

Tampoco serán beneficiarios(as) los(as) trabajadores(as) contratados(as) por entidades ejecutoras del Programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo).

Arab, recordó que pueden acceder tanto los trabajadores como los empleadores a este beneficio. “Los empleadores también pueden acceder a este subsidio, lo que evidentemente fomenta la contratación de jóvenes porque disminuye los costos para las empresas. Esto está pensado especialmente para las pequeñas y medianas empresas, de manera que para ellas, el costo de contratar a un joven, sea menor y, por consiguiente, logramos el objetivo de fomentar la empleabilidad juvenil”, señaló el ministro (s) del Trabajo.

Montos del subsidio

El monto del subsidio se calcula en forma anual y ascenderá a:

  1. Respecto de los(as) trabajadores(as) cuyas rentas del trabajo brutas anuales sean iguales o inferiores a 2.137.797, el subsidio ascenderá al 20% de la suma de remuneraciones y rentas imponibles.
  2. Respecto de los(as) trabajadores(as) cuyas rentas del trabajo brutas anuales sean superiores a $2.137.797, e inferiores o iguales a $2.672.246, el monto anual ascenderá a $427.559 (20% de $2.137.797).
  3. Respecto de los(as) trabajadores(as) cuyas rentas del trabajo brutas anuales sean superiores a $2.672.246 e inferiores a $4.810.042, el monto del subsidio ascenderá a $427.559 menos el 20% de la diferencia entre la suma de las remuneraciones y rentas imponibles anuales y $2.672.246.

El cálculo de monto del subsidio pagado mensualmente de manera provisional, es decir, como anticipo sujeto a reliquidación según el resultado que entregue el cálculo anual, ascenderá a las cantidades que se indican a continuación, correspondiendo al(la) trabajador(a) dos tercios del subsidio y al(la) empleador(a) un tercio de éste:

  1. Cuando las remuneraciones brutas mensuales sean iguales o inferiores a $178.149, el subsidio ascenderá al 30% de la remuneración sobre la cual se hubieren realizado cotizaciones obligatorias de pensiones y salud (remuneración      imponible).

Ejemplo: Remuneración bruta $150.000 pesos. El monto del subsidio son $45.000 pesos, correspondiendo el pago de $22.500 al trabajador(a) (75% de $30.000 pesos) y a (la) empleador(a) $15.000.

  1. Cuando la remuneración bruta mensual del trabajador sea superior a $178.149 e igual o inferior a $222.687, el subsidio ascenderá a $53.445, correspondiendo al (la) trabajador(a) el pago mensual de $26.723 y al (la) empleador(a) $17.815      pesos.
  2. Cuando la remuneración bruta mensual del trabajador sea superior a $222.687 e inferior a $400.837, el (la) trabajador(a), recibirá el pago mensual de $22.625 y el (la) empleador(a) $15.084pesos.

En el caso que el trabajador tenga más de un empleador, sólo tendrá derecho a un subsidio y para el cálculo del monto del subsidio se sumarán las remuneraciones brutas.

Los trabajadores deberán presentar su solicitud dentro del año calendario en que se perciben las remuneraciones y/o rentas del trabajo que originan el beneficio.

Para que la solicitud sea aceptada, los trabajadores deberán cumplir con todos los requisitos previamente descritos, los que dependerán de si son trabajadores dependientes o independientes.

Comparación de uso de Subsidio al Empleo Joven durante enero 2011-2014

ene-11 ene-12 ene-13 ene-14
$ $    844.330.724 $  999.921.715 $   1.043.000.972 $  1.175.290.899
Cantidad de pagos mensual 57.452 61.980 65.079 73.838
PAGO PROM MENSUAL $ 14.696 $ 16.133 $ 16.027 $ 15.917

Personas Beneficiadas con Pagos Mensuales

2010 2011 2012 2013
108.296 122.866 134.232 185.260

Personas Beneficiadas con Pagos Anuales

2010 2011 2012 2013
52.075 69.128 70.138 70.092