Dónde podrás ingresar consultas, sugerencias, reclamos o felicitaciones.
DT / Dirección del Trabajo
- Contratos de trabajo y despido
- Mutuo Acuerdo de las Partes
- Interpretación de la Normativa laboral
- Solicitud de Dictamen
Canales de Atención
https://suac.dt.gob.cl/
Fono consultas: 600 450 4000
De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hrs.
DICREP / Dirección General de Crédito Prendario
- Denuncio de extravío
- Cobro de excedentes
- Solicitud de abono
Canales de Atención
https://siac.dicrep.cl/
San Antonio # 427, Piso 5, Santiago, Región Metropolitana.
Fono consultas: 800340022
Sence / Servicio Nacional de Capacitación y Empleo
- Bono al Trabajo de la Mujer
- Subsidio al Empleo Joven
- Plataformas Laborales
Canales de Atención
Buzón Ciudadano: https://buzonciudadano.sence.cl/ES/AtencionCiudadana/Login
Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs.
Desde Red Fija: 442360155
Desde Celulares: *8010
ChileValora
- Registro de Personas Certificadas
- Registro de Centros de Evaluación y Certificación
- Catálogo de Perfiles Laborales
Canales de Atención
https://contacto.chilevalora.cl/public/index.html
Miraflores # 130, piso 8, Santiago, Región Metropolitana.
Lunes a jueves 9:00 a 13:00 -14:00 a 16:00.
Viernes 09:00 a 14:00 hrs.
Fono: 6003001999
Dirección Oficina de Partes
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS)
Huérfanos 1273, Santiago, Región Metropolitana.
Teléfono: (+56 2) 2 753 0400
Atención de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas.
Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.
Horario de Atención Presencial
De lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas.
Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.
PREGUNTAS FRECUENTES
1.- ¿Puedo reclamar a la Subsecretaría del Trabajo por los actos administrativos y calidad de la gestión otorgada por los funcionarios de la Dirección del Trabajo, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), Dirección General del Crédito Prendario, y/o ChileValora?
La Subsecretaría del Trabajo no posee facultades para fiscalizar a las Instituciones señaladas, al ser servicios públicos autónomos descentralizados. Sin perjuicio de ello esta Subsecretaría puede solicitar informe respecto del reclamo presentado, solicitando la adopción de medidas para su consideración y si corresponde su subsanación.
2.- ¿Qué es la certificación de Sello 40 Horas?
Consiste en reconocimiento público, de carácter promocional, que otorga gratuitamente el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las empresas de todo tamaño o rubro, que implementen una jornada laboral ordinaria que no supere las 40 horas ni sea inferior a 30 horas semanales, y que cumplan los demás requisitos.
3.- ¿Cuáles son los requisitos para tener el “Sello 40” horas?
1) Tener contratado, conforme a la normativa del Código del Trabajo, a lo menos el 80% de los trabajadores y trabajadoras con una jornada ordinaria que no superen 40 horas ni menos de 30 horas semanales, según la información registrada en el Registro Electrónico Laboral del portal web de la Dirección del Trabajo.
2) No haber sido condenada por vulneración a derechos fundamentales previstos en el párrafo 6° del Capítulo II del Título I Libro V del Código del Trabajo.
3) Estar al día en el pago de las obligaciones previsionales de sus trabajadores y trabajadoras.
Para la validación del cumplimiento del primer requisito, la empresa postulante deberá tener registrados los contratos de trabajo en el Registro Electrónico Laboral del portal web de la Dirección del Trabajo (DT) “Portal Mi DT” https://midt.dirtrab.cl/welcome.
4.- ¿Cómo se puede solicitar el Sello 40 horas?
Se encuentra habilitada una Plataforma de Gestión del Sello 40 Horas, a la cual se puede acceder con su RUT y Clave Tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII), en el siguiente enlace: https://sello40horas.mintrab.gob.cl/landingSolicitante/loginSolicitante.jsp.
Una vez dentro de la plataforma se debe “iniciar trámite” y completar el formulario de postulación con los datos requeridos, cabe destacar que, gran parte de la información se rellena de manera automática gracias a la interconexión existente entre la plataforma y el SII y la DT.
5.- ¿Cuál es el procedimiento para renovar el Sello 40 horas?
Para renovar la certificación debe acreditarse nuevamente el cumplimiento de los requisitos. El Sello 40 horas se otorga con vigencia de solo un año, ya que puede haber cambios, como, por ejemplo, la dotación de trabajadores.
La validación se hace en la misma Plataforma de Gestión del Sello 40 horas, enlace https://sello40horas.mintrab.gob.cl/landingSolicitante/loginSolicitante.jsp, a la que se ingresa con su Rut y Clave Tributaria.
6.- ¿Qué beneficios otorga contar con la certificación Sello 40hrs?
• Patrocinio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en los términos previstos en la Resolución Exenta N°286, de 2003, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En especial, podrán utilizar el patrocinio de esta Cartera de Estado en la promoción de las actividades que digan relación con la creación de empleo, protección social, derechos en el trabajo y diálogo social.
• Las empresas calificadas de menor tamaño, conforme a lo dispuesto en la ley N°20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, que implementen la reducción de jornada establecida en la ley N°21.561, de forma anticipada, gozarán de puntaje adicional en la evaluación de postulaciones a instrumentos y programas ofrecidos por la Corporación de Fomento de la Producción, el Servicio de Cooperación Técnica y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (artículo séptimo transitorio de la ley N°21.561).
• Por su parte, el Sello 40 horas se ha ido incorporado como criterio en los procesos de compras públicas, por lo mismo, Chile Compra ha emitido recomendaciones al respecto.
• Cabe hacer presente que, la ponderación adicional corresponde a la se establezca en las respectivas bases y/o concursos, respectivamente.
7.- ¿Cuáles son las recomendaciones en procesos de compras públicas con aplicación Sello 40Hrs?
La Directiva de Contratación Pública N°46, de 2025, Recomendaciones sobre el uso y aplicación del “Sello 40 horas en los procesos de compras públicas:
• Las entidades compradoras podrán incorporar un criterio de evaluación en sus respectivas bases de licitación, el que otorgue puntaje a aquellos proveedores que poseen el reconocimiento “Sello 40 horas”, especialmente cuando se liciten servicios habituales.
• Si dentro de los criterios de evaluación se encuentran “las mejores condiciones de empleo y remuneración”, el “Sello 40 horas” podrá emplearse como un subcriterio que complemente las demás condiciones requeridas en sus bases.
• Disponer en las bases que las mejores condiciones de empleo y remuneración se deben mantener durante la vigencia del contrato, limitando la renuncia del proveedor al “Sello 40 horas”, y, por el contrario, estableciendo las consecuencias jurídicas que este incumplimiento conllevará.
• Este tipo de puntaje o ponderación no podrá ser el único que se considere para determinar la adjudicación de la oferta más conveniente.
• El “Sello 40 horas” se puede incorporar como criterio de desempate, teniendo que señalar en las bases de licitación que “ante igualdad de puntaje final entre dos o más oferentes, se elegirá a aquel que cuente con el Sello 40 horas”, permitiendo, de esta forma, el fortalecer la importancia de tal característica en el mismo procedimiento licitatorio.
8.- ¿Qué es el Trabajo Infantil?
Se entiende por trabajo infantil todo trabajo que priva a los niños, niñas y adolescentes (NNA) de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Corresponde al trabajo de niños, niñas que están ocupados en la producción económica y que tienen menos de la edad mínima permitida para trabajar de acuerdo con la legislación nacional y la normativa internacional (15 años). Además, también se considera trabajo infantil el trabajo de adolescentes que están ocupados en la producción económica y que, teniendo la edad mínima permitida para trabajar, realizan actividades peligrosas que ponen en riesgo su salud, seguridad y desarrollo moral.
Para más información diríjase al siguiente link: www.noaltrabajoinfantil.cl
9.- ¿Puedo contratar a una persona extranjera para trabajar en Chile?
Si, efectivamente puede contratar a una persona extranjera para trabajar en Chile. Sin embargo, para ello debe asegurarse de que la persona extranjera esté en posesión de algún permiso de residencia o permanencia que la habilite para trabajar, o se encuentre debidamente autorizada para ello.
Para mayor información diríjase al siguiente link: https://serviciomigraciones.cl/
10.- ¿Qué permisos o visas habilitan a las personas extranjeras a trabajar en nuestro país?
La legislación chilena ofrece a las personas extranjeras que quieren residir y trabajar en Chile una amplia gama de permisos de residencia, tales como:
-Permiso de residencia temporal para personas que realizan actividades lícitas remuneradas
-Permiso de residencia temporal para trabajadores/as de temporada
-Permiso de residencia temporal en virtud del principio de reciprocidad internacional (Mercosur)
-Residencia definitiva
-Otros
Para más información, diríjase al siguiente link: https://serviciomigraciones.cl
11.- ¿La ley de conciliación vida personal, familiar y laboral incluye a personas trabajadoras en sector público bajo el estatuto administrativo?
La Ley N° 21.645 de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral es una modificación al Código del Trabajo, el cual regula las relaciones laborales entre trabajadores y trabajadoras del sector privado. En el caso de las y los empleados del sector público, regulados por estatuto administrativo, en enero de 2024 el Congreso de la República aprobó una prórroga al Art. 66 de la Ley de Reajuste del Sector Público – Ley N° 21.526 – hasta el 31 de diciembre de 2024, que faculta a jefas y jefes superiores de servicio de Subsecretarías y de servicios públicos dependientes de ministerio o que se relacionen con el Presidente de la República a través de ellos, a eximir del control horario de jornada de trabajo establecida hasta al 20% de la dotación, quienes podrán realizar sus labores fuera de las dependencias institucionales, mediante la utilización de medios informáticos dispuestos por el Servicio. Con todo, a quienes se aplique este artículo deberán realizar presencialmente labores en las dependencias institucionales, al menos, tres jornadas diarias dentro de la jornada semanal. Asimismo, la ley de Reajuste también dispone que las y los jefes de servicio considerarán dentro de los criterios para seleccionar a trabajadores y trabajadoras que serán eximidos y eximidas de control horario, la contribución para mejorar la calidad de la vida laboral, familiar y personal, en particular, en lo relativo a las funcionarias o funcionarios que tengan bajo su cuidado a niños y niñas menores de 14 años de edad, o una persona con dependencia severa.
12.- ¿La ley de Conciliación aplica sólo para personas con hijos/as?
No, esta Ley (N° 21.645) busca promover la corresponsabilidad social en los cuidados, por lo tanto, no limita el ejercicio de estos derechos a madres y padres, sino que también incluye a todas las personas trabajadoras que ejercen labores de cuidado no remunerado, ya sea porque son sus hijas/os (filiación), porque judicialmente se les otorgó el cuidado personal de alguna niña o niño o, porque tienen a cargo el cuidado de una persona en situación de discapacidad o dependencia moderada o severa. Mientras que para acceder a los derechos laborales que se ejercen durante periodos de vacaciones escolares definidas por MINEDUC – derecho preferente de uso de feriado legal y derecho de ajuste de turnos y jornada – la persona en situación de dependencia severa o modera que se cuida no puede exceder los 18 años; en el caso del derecho a la modalidad híbrida de trabajo – combinación de teletrabajo con presencialidad no existe límite de edad. Es decir, una persona trabajadora que tiene a su cuidado a una persona mayor con dependencia severa tiene derecho al teletrabajo, siempre que la naturaleza de las funciones lo permita.
13.- ¿Los derechos de la Ley de Conciliación se pueden utilizar por la madre o el padre?
Si, estos derechos pueden ser utilizados por la madre y el padre, incluso por ambos a la vez porque uno de los objetivos de la ley es avanzar en corresponsabilidad a diferencia de lo que suele ocurrir con otras leyes en Chile, los derechos de la Ley N° 21.645 pueden ser ejercidos simultáneamente por trabajadora y trabajador, dejando atrás la titularidad exclusiva de la madre
14.- ¿Qué hago si mi empleador se niega a otorgarme alguno de los derechos de la ley de conciliación sin justificación?
Si considera vulnerados sus derechos, debe realizar una denuncia en la Inspección del Trabajo.
15.- ¿Cuál es el objetivo del Fondo de Formación Sindical?
El Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas creado en la Ley N° 20.940, tiene como objetivo financiar proyectos, programas y acciones en las áreas de formación sindical, promoción del diálogo social y desarrollo de relaciones laborales colaborativas entre empleadores y trabajadores/as.
En el marco del Fondo, se ejecutan los siguientes programas sociales:
Estrategia de Formación Sindical – Escuelas de formación para Micro y Pequeñas Empresas.
16.- ¿Dónde se realiza el pago de multa a beneficio del Fondo de Formación Sindical?
Información para Transferencia
Rut Subsecretaria del Trabajo 61.501.000-6
Banco Estado
Tipo de cuenta Cuenta Corriente
N° de cuenta 9018212
Nombre cuenta Subsecretaría del Trabajo – Giros Globales
Nombre y cargo Chrystian Urzúa Bilbao
Jefe de Finanzas
Correo curzua@mintrab.gob.cl
17.- ¿En qué consiste el Programa de Estrategia de Formación Sindical?
El propósito del programa es impulsar la formación de trabajadoras y trabajadores, organizaciones sindicales y gremios en habilidades de comunicación, liderazgo, gestión sindical y normativa. Se implementa a nivel regional y se compone de dos niveles: uno inicial, para trabajadores y trabajadoras en general, que tengan interés en mejorar sus competencias en el ámbito sindical, y otro avanzado, para quienes ejercen funciones dirigenciales, buscan formar parte de la conducción de sus organizaciones sindicales o aprobaron el nivel inicial y desean continuar su formación.
18.- ¿Cómo se postula a las Escuelas de Formación Sindical (Nivel inicial y Nivel Avanzado)?
La Estrategia de Formación Sindical se adjudica mediante procesos de licitación pública. Cuando el servicio es adjudicado, las entidades ejecutoras inician un proceso de convocatoria en el que los actores interesados pueden inscribirse, de acuerdo con la región a la que pertenecen.
19.- ¿Cuáles son los requisitos para postular a las Escuelas de Formación Sindical (Nivel inicial y Nivel Avanzado)?
De la licitación podrán participar las personas naturales y/o jurídicas, chilenas y/o extranjeras, con o sin fines de lucro hábiles, que individual o asociadamente a través de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), tengan interés y cumplan con las condiciones y requisitos indicados en las bases de licitación, ofertando en la oportunidad, términos y condiciones establecidos en las mismas.
Las empresas y personas que quieran participar de los negocios con el Estado y firmar los respectivos contratos, deberán estar inscritas y en estado hábil en el Registro de Proveedores.
Las y los estudiantes deben cumplir con ciertos requisitos para ser inscritos en los diferentes niveles (inicial y avanzado). Se considerará pertinentes a quienes declaren una relación contractual, sean dirigentes(as) sindicales, ciudadanos(as) chilenos(as) o extranjeros(as) que cuenten con cédula de identidad chilena vigente o en trámite y personas que vivan o trabajen en la región donde se efectuará la escuela.
Personas que no posean contrato de trabajo solo serán admitidos en escuelas de Nivel Inicial, no así en las de Nivel Avanzado. Tampoco podrán formar parte de las Escuelas aquellas personas que sean menores de 18 años o que hayan participado en las escuelas de años anteriores, excepto quienes cursaron Nivel Inicial y desean participar en Nivel Avanzado.
20.-¿Cómo se postula a las escuelas de formación para MIPES?
Las Escuelas de Formación para la Micro y Pequeña Empresa es un programa que, previamente, invita a distintos oferentes a un proceso de licitación pública. Cuando el servicio es adjudicado, las entidades ejecutoras inician un proceso de convocatoria en el que los actores interesados pueden inscribirse, de acuerdo con la región a la cual pertenecen.
21.- ¿Cuáles son los requisitos para postular a las escuelas de formación para MIPES?
De la licitación podrán participar las personas naturales y/o jurídicas, chilenas y/o extranjeras, con o sin fines de lucro hábiles, que individual o asociadamente a través de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), tengan interés y cumplan con las condiciones y requisitos indicados en las bases de licitación, ofertando en la oportunidad, términos y condiciones establecidos en las mismas.
Las empresas y personas que quieran participar de los negocios con el Estado y firmar los respectivos contratos, deberán estar inscritas y en estado hábil en el Registro de Proveedores.
Las y los estudiantes deben cumplir con ciertos requisitos para ser inscritos en las escuelas de formación. Se considerará válidos a quienes declaren formar parte de una MIPE formalizada o que sean emprendedores(as) y se encuentren en vías de formalización, ciudadanos(as) chilenos(as) o extranjeros(as) que cuenten con cédula de identidad chilena vigente o en trámite y personas que vivan o residan en la región donde se efectuará la escuela.
No podrán formar parte de las escuelas personas menores de 18 años, que hayan participado en escuelas de formación para MIPES de años anteriores y deseen cursar la misma línea (Formalizada o Emprendedores), ni tampoco aquellos(as) trabajadores(as) del sector público, incluyendo ministerios, servicios públicos, municipalidades, corporaciones municipales y otras entidades del gobierno central, regional o local.
22.- ¿En qué consiste el Programa de Mesas de Diálogo Social?
El programa de Mesas de Diálogo Social tiene por objetivo desarrollar espacios de diálogo bipartito (representantes de empleadores y trabajadores) o tripartito (representantes de empleadores, trabajadores y gobierno) con el objetivo de abordar un problema común.
En específico, las mesas permiten promover el consenso y la colaboración en temas laborales, económicos y sociales relevantes para el país abordando materias como brechas, barreras e inequidades de género, seguridad y salud en el trabajo, jornada laboral, políticas salariales, seguridad social, condiciones de trabajo, capacitación y políticas de empleo, entre otros.
Las mesas se constituyen como una herramienta de comunicación y mejorar las relaciones laborales, con la finalidad de construir acuerdos que beneficien al desarrollo del sector y del país en general.
23.- ¿Cómo se postula a las Mesas de Diálogo Social?
La Subsecretaría del Trabajo efectúa la contratación del servicio de implementación de mesas de diálogo social mediante licitación pública, los interesados podrán postular a través de la plataforma Mercado Público en tiempo y forma establecidos en las bases de licitación.
24.- ¿Cuáles son los requisitos para postular a las Mesas de Diálogo Social?
De la licitación podrán participar las personas naturales y/o jurídicas, chilenas y/o extranjeras, con o sin fines de lucro hábiles, que individual o asociadamente a través de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), tengan interés y cumplan con las condiciones y requisitos indicados en las bases de licitación, ofertando en la oportunidad, términos y condiciones establecidos en las mismas.
Las empresas y personas que quieran participar de los negocios con el Estado y firmar los respectivos contratos, deberán estar inscritas y en estado hábil en el Registro de Proveedores.
25.- ¿En qué consiste el Programa de Recuperación de Historia Sindical?
El programa de Recuperación de Historia Sindical, tiene como objetivo potenciar el sentido de pertenencia e identidad de los trabajadores/as y empleadores con sus organizaciones sindicales y empleadores, respectivamente; y generar un reconocimiento mutuo entre ellas como actores relevantes para el desarrollo de relaciones laborales basadas en la colaboración y el diálogo social rescatando la memoria del movimiento sindical como herramienta fundamental para valorar su rol en la construcción de una sociedad más justa y equitativa.
26.- ¿Cómo se postula al Programa de Recuperación de Historia Sindical?
La Subsecretaría del Trabajo efectúa la contratación de estudios cualitativos de investigación social para recuperar la historia sindical mediante licitación pública, los interesados podrán postular a través de la plataforma Mercado Público en tiempo y forma establecidos en las bases de licitación.
27.- ¿Cuáles son los requisitos para postular al Programa de Recuperación de Historia Sindical?
De la licitación podrán participar las personas naturales y/o jurídicas, chilenas y/o extranjeras, con o sin fines de lucro hábiles, que individual o asociadamente a través de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), tengan interés y cumplan con las condiciones y requisitos indicados en las bases de licitación, ofertando en la oportunidad, términos y condiciones establecidos en las mismas.
Las empresas y personas que quieran participar de los negocios con el Estado y firmar los respectivos contratos, deberán estar inscritas y en estado hábil en el Registro de Proveedores.
28.- ¿Qué es ProEmpleo?
Los programas ProEmpleo son iniciativas del gobierno, administradas por el Departamento ProEmpleo de la Subsecretaría del Trabajo, que buscan generar oportunidades laborales para personas que enfrentan barreras de acceso al empleo. Estos programas generan empleo en zonas que han enfrentado situaciones de emergencia o que presentan escasas oportunidades laborales. A través de estos distintos programas, ProEmpleo apoya a las personas en el desarrollo de habilidades que aumentan sus posibilidades de acceder a un empleo.
29.- ¿A quiénes beneficia ProEmpleo?
Está dirigido a personas que se encuentran desempleadas o buscan mejorar su empleabilidad. También incluye a quienes necesitan reconvertirse laboralmente, acceder a formación en oficios o participar en empleos de emergencia con apoyo económico temporal.
30.- ¿Cómo ser parte de ProEmpleo?
Cada programa se ejecuta a través de entidades colaboradoras que realizan convocatorias en distintas regiones. Las personas interesadas deben postular directamente con esas entidades, según la difusión y fechas de inscripción que se informen a nivel local.
31.- ¿Qué programas están incluidos bajo ProEmpleo?
ProEmpleo ejecuta cuatro programas principales, divididos en dos grupos según la naturaleza de su intervención:
1- Programas de Empleos de Emergencia:
-Inversión en la Comunidad: Un programa que financia proyectos comunitarios intensivos en mano de obra en regiones afectadas por emergencias.
2- Programas de Fomento a la Empleabilidad:
-Servicios Sociales (Línea Subsecretaría del Trabajo): Programas diseñados para mejorar las condiciones laborales y apoyar a sectores vulnerables. Ejecutado vía licitación pública.
-Servicios Sociales (Línea Ministerio de Desarrollo Social – Subsecretaría del Trabajo): Programas en colaboración para fomentar la empleabilidad. Ejecutado vía licitación pública.
-Programa Fomento a la Empleabilidad Sostenible.
-Mejora al Empleo para Artesanos y Artesanas Tradicionales de Zonas Rurales: Un programa específico para mejorar la empleabilidad de artesanos y artesanas en zonas rurales. Ejecutado por la Fundación Artesanías de Chile.
32.- ¿Qué es el Programa Inversión en la Comunidad (PIC)?
El Programa Inversión en la Comunidad (PIC) es una iniciativa del gobierno que busca generar empleo temporal a través de la financiación de proyectos comunitarios intensivos en mano de obra. Estos proyectos tienen como objetivo mejorar la infraestructura local y apoyar a comunidades vulnerables, contribuyendo al desarrollo económico y social de las regiones.
33.- ¿Cómo puedo postular para ser beneficiario del Programa Inversión en la Comunidad (PIC)?
Para postular al PIC, debes inscribirte en la OMIL de tu comuna, donde se evaluará si cumples con los requisitos de acceso al programa. El proceso de selección es llevado a cabo por Delegación Presidencial, si eres seleccionado, serás notificado para participar en uno de los proyectos financiados por el PIC en tu región.
34.- ¿En qué regiones está presente el Programa Inversión en la Comunidad (PIC)?
El Programa Inversión en la Comunidad (PIC) está presente en las regiones de Valparaíso, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.
35.- ¿Cómo puedo buscar empleo en la Bolsa Nacional de Empleo?
Debe ingresar a www.bne.cl, crear una cuenta gratuita, completar su curriculum digital y comenzar a postular a ofertas de empleo.
Para esto puedes ver el video tutorial del paso a paso: https://youtu.be/e4Eur91yRHo
36.- ¿Cómo puedo saber si estoy correctamente inscrito en la BNE?
Al momento de ingresar al perfil de usuario de la BNE, se puede ver en la esquina superior izquierda, una barra con el porcentaje de progreso de inscripción, si está en color verde con 100% quiere decir que la persona esta correctamente inscrita.
37. ¿Qué debo hacer para tener el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)?
Para solicitar el Fondo de Cesantía Solidario debe ir a una sucursal de la AFC o realizar el trámite en el sitio web http://afc.cl
Los requisitos para acceder al FCS son:
– Lo más importante es encontrarse cesante y haber terminado su última relación laboral por las causales específicas que la ley establece, siendo las más frecuentes “necesidades de la empresa”, “vencimiento del plazo del contrato”, “quiebra del empleador” o “fuerza mayor”.
– También debe contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) durante los 24 meses anteriores al término de la relación laboral. Ojo, las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
– Debe registrar un saldo insuficiente en su Cuenta Individual de Cesantía para financiar todos los pagos del Seguro.
– Y activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo, accediendo a las oportunidades laborales y de capacitación que BNE ofrece.
38.- ¿Qué significa tener “saldo insuficiente” en la Cuenta Individual? ¿Por qué es requisito para acceder al Fondo de Cesantía Solidario?
Cuando su saldo en la Cuenta Individual no alcanza para cubrir los primeros cinco pagos del Seguro de Cesantía. Si cumple con todos los requisitos del Fondo de Cesantía Solidario, sus pagos se financiarán, primero, con su saldo individual. Cuando este saldo se agote, recibirá el complemento del Fondo de Cesantía Solidario.
39.- Si no acepto una oferta laboral gestionada por la BNE ¿me suspenden los pagos?
La certificación en BNE es obligatoria para acceder a los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario. Una de las exigencias es postular a lo menos al 50% de las ofertas laborales gestionadas por la BNE. No cumplir con este requisito puede ser causal de suspensión los pagos del Fondo Solidario.
