Subsecretario Baranda anuncia exhaustiva fiscalización por feriado irrenunciable

El subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, anunció que la Dirección del Trabajo realizará una exhaustiva fiscalización para velar que se cumpla la normativa que establece como irrenunciable el 1 de mayo.

“A partir de hoy día vamos a iniciar fiscalizaciones masiva a lo largo de todo el país, y advertimos que vamos a fiscalizar a grandes y a chicos, de tal forma que hacemos un llamado encarecido a que se cumpla esta norma: el pequeño y el gran comercio tienen que dejar de atender; sólo pueden funcionar y estar abiertos aquellos comercios pequeños atendidos por sus propios dueños”, señaló la autoridad en entrevistas radiales.

 Baranda informó, además, que si un trabajador ve vulnerado sus derechos puede denunciar el hecho en el sitio web de la Dirección del Trabajo, www.dt.gob.cl

 De acuerdo a la ley 20.215, cada año son feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio los días 1º de enero, 1º de mayo, 18 de septiembre y 25 de diciembre.

La obligación de cierre se extiende desde las 21 horas del día anterior y hasta las 6 de la madrugada del día siguiente al feriado.

Esta norma se aplica a aquellos trabajadores del comercio que laboran en locales que venden mercadería directamente al público. También favorece a quienes se desempeñan en las llamadas “tiendas de conveniencia”, adosadas a servicentros, siempre que se limiten a la venta de productos. Quedan excluidas aquellas que además expenden alimentos, como “hot dog”, sándwiches preparados en el lugar y café.

La norma tampoco se aplica a clubes, restaurantes y locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego y lugares de juego legalmente autorizados. Lo mismo ocurre con el expendio de combustibles y las farmacias de turno o de emergencia, definidas por la autoridad sanitaria. 

La ley sólo rige para trabajadores, por lo que pueden abrir los negocios atendidos por sus propietarios y familiares directos.

Las multas son de 5 UTM por trabajador en locales con entre 1 y 49 trabajadores, de 10 UTM cuando emplean a entre 50  y 199, y de 20 UTM en los comercios en los que trabajan sobre 200 empleados. Este castigo pecuniario siempre se aplica sobre cada trabajador en infracción, el que además debe dejar su puesto de trabajo cuando es sorprendido en falta.

Durante el último feriado irrenunciable, el 1º de enero de este año, se detectaron en total ocho locales abiertos en el país, lo que afectaba a 66 trabajadores.