Un programa especial de fiscalización al transporte interurbano de pasajeros está desplegando la Dirección del Trabajo (DT) con motivo del fin de semana largo. Así lo anunció el subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, junto a la Directora Nacional del Trabajo, María Cecilia Sánchez, quienes concurrieron junto a un grupo de fiscalizadores a los terminales capitalinos para verificar las condiciones de las jornadas laborales de los conductores.
Durante la actividad, Baranda entregó las inéditas cifras de las multas realizadas durante el primer trimestre 2011 a las empresas del transporte.
“Entre enero y mayo del presente año se efectuaron 1.048 fiscalizaciones, resultando 335 con multa y 713 sin multa, lo que representa un aumento del 172% comparada con igual periodo de 2010. Esto también representó un aumento de fiscalizaciones por parte de la DT, la cual a igual periodo había realizado 555 fiscalizaciones, 123 con multas y 432 sin infracción”, explicó el subsecretario del Trabajo.
Los montos involucrados por multas en el periodo enero-mayo de 2011 suman $396.158.482, versus $179.353.742 de 2010; esto es, un 120,88% más.
Durante la actividad, seis buses fueron infraccionados por no respetar los horarios de trabajo de los conductores y de esos, dos -de las empresas Pullman Tur y Línea Azul- no pudieron salir a sus destinos, porque no contaba con tripulación de reemplazo. “Entendemos la molestia de los pasajeros, pero estamos velando por su seguridad y también por la de los chóferes”, señaló Baranda.
En todo caso, las personas pueden solicitar la devolución de su dinero o convenir tomar otro bus de la empresa a su destino.
Durante todo el año 2010, los programas de fiscalización de la DT arrojaron 1.797 inspecciones, de las cuales 615 derivaron en multa y 1.282 sin multa, con un monto total recaudado de $766.735.255.
“Si bien la Dirección del Trabajo realiza constantes fiscalizaciones, es especial la preocupación del Gobierno durante estas fechas en las que miles de personas salen de sus ciudades para aprovechar un fin de semana largo. Muchas familias viajan juntas y queremos que todos ellos lleguen bien a sus destinos por lo que hacemos un llamado a los empleadores del transporte a respetar las horas de descanso de sus conductores y a nuestros conductores a denunciar si sus derechos no se respetan” señaló Bruno Baranda.
Como en fiscalizaciones anteriores, los inspectores estuvieron en los terminales controlando la salida y llegada de buses para constatar, principalmente, la instalación y funcionamiento de los dispositivos de registro automatizado que verifica los horarios de trabajo de los choferes.
Nuestra legislación establece que los conductores deben tener:
-Un tiempo máximo de conducción continua que no debe ser superior a cinco horas
-Un descanso mínimo entre turnos de conducción (dos horas)
-Un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de un período de 24 horas.
-Descansos de ocho horas al arribar a un terminal después de haber servido un recorrido de ocho o más horas, y descanso semanal compensatorio.
Si a través del dispositivo a bordo del bus no es posible establecer todos los eventos de las últimas 24 horas, los fiscalizadores deben cursar sanción por no llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas, cursando todas las infracciones generadas durante el mismo lapso antes señaladas, y todas las infracciones referidas al descanso semanal o descanso compensatorio también descritas anteriormente.
Asimismo, si el dispositivo no está instalado o no está en funcionamiento, se tipifica infracción por no llevar registro de asistencia. En este escenario, los fiscalizadores toman declaración a los integrantes de la tripulación, y si de ésta se desprende alguna infracción a la jornada y los descansos, se procede a la suspensión del trabajador afectado. Sólo si se verifica su reemplazo o se cumple el tiempo de descanso se autoriza la reanudación de labores.
La directora del Trabajo aseguró que las fiscalizaciones al transporte de pasajeros son una constante en la labor de la DT. “Durante este tipo de fines de semana, donde hay mayor movimiento estaremos haciendo programas especiales, con resultados que redundan en la seguridad de choferes y pasajeros”, señaló María Cecilia Sánchez.
Feriados y descansos
Finalmente, la directora del Trabajo que el domingo 26 y el lunes 27 de junio no constituyen días de descanso obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio, por que los malls, supermercados y locales comerciales pueden permanecer abiertos para el público.
Este lunes feriado no será irrenunciable debido que nuestra legislación establece que sólo los días; 1° de mayo, 18 de septiembre, 24 de diciembre y 1° de enero son días de descanso obligatorios para dicho sector.
Respecto de los trabajadores afectos al régimen normal de descanso previsto en el artículo 35 del Código del Trabajo, es decir, aquellos que laboran de lunes a viernes o de lunes a sábado, el feriado del 27 de junio no deberán trabajar.
Ante cualquier denuncia o información laboral la Dirección del Trabajo dispone del fono 600 450 4000 y del sitio www.dt.gob.cl