El Subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, valoró la aprobación en general en la comisión de Trabajo del Senado del proyecto de ley que agrega un nuevo artículo 25 ter al Código del Trabajo, estableciendo un sistema de distribución de jornada de trabajo y descansos del personal de ferrocarriles.
La normativa, que cumple segundo trámite legal, es una aspiración de los trabajadores ferroviarios y según Díaz “busca mejorar las condiciones laborales y de jornada de trabajo de un sector muy importante en el país”. Por lo mismo; la autoridad destacó que el proyecto, apoyado por el Ejecutivo, lograra unanimidad en su aprobación con los votos tanto de senadores de la Nueva Mayoría como de la oposición.
La normativa será analizada ahora en particular por la Cámara Alta y en lo central establece que la jornada de trabajo y descansos de los trabajadores que se desempeñen como parte de la tripulación a bordo de ferrocarriles no podrá superar las 180 horas mensuales.
Sostiene que la jornada diaria no podrá superar las siete horas treinta minutos continuas en el caso del transporte de pasajeros, ni las 9 horas continuas en el caso de transporte de carga, ambos períodos dentro de un lapso de veinticuatro horas.
Asimismo, se establece que la programación mensual de los servicios a realizar, deberá ser entregada al trabajador con a lo menos 15 días de anticipación.